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    Revista de Actualización Clínica Investiga

    versão impressa ISSN 2304-3768

    Rev. Act. Clin. Med v.32  La Paz maio 2013

     

    ARTICULOS DE INTERES

     

    Codigo  Deontologico

     

     

    Dr. Delgadillo Villarroel Jonathan Edgar1
    1Cirujano Dentista UMSA. Diplomado en Educación Superior Unidad de Postgrado Facultad de Medicina UMSA. Diplomado en metodología de la investigación CEPIES.

     

     


    RESUMEN

    El presente artículo pretende hacer un análisis y comparación con sentido crítico de la historia, conceptualización, concepción, elaboración e interpretación de un código deontológico en áreas biomédicas que busca establecer de manera sistemática la importancia y evolución del contenido y su directa aplicación a la realidad de dichas profesiones. Complementariamente se ha analizado aparte del contenido del código de ética y deontología médico de Bolivia con el fin de destacar y comparar su contenido más relevante, así como el contenido y los alcances del código de ética odontológica también de Bolivia con el fin de enriquecer y comprender nuestra realidad en este ámbito. La metodología utilizada para la obtención de información se basó en elección aleatoria de códigos disponibles en la red internet y el análisis de conceptos sobre ética, moral y bioética de artículos científicos y textos relacionados.

    PALABRAS CLAVE Código deontológico, deontología, biomédica, odontología, medicina, ética, bioética.


     

     

    INTRODUCCION

    La necesidad de aglutinación de los profesionales en las sociedades actuales ha marcado un ritmo diferente a su actuar. Estas aglutinaciones, o conglomerados que surgen como entes institucionales representantes de un grupo de profesionales especifico se llaman colegios o asociaciones, dependiendo del ámbito geográfico y político de cada país, tienen un fin y objetivo principal dentro de las sociedades a las que pertenecen, este fin es el de regular y mejorar la práctica profesional de sus afiliados. Las constituciones de cada país y su respectiva legislatura le conceden a estas instituciones la tuición para establecer las normas sobre las cuales el conjunto de profesionales que forman parte de esta puedan ejercer su profesión de manera responsable, es decir que el conjunto de sus conocimientos estén articulados con lo que su sociedad espera de estos profesionales, con las necesidades y derechos de cada persona, con sus propios principios y valores; en resumen con el desarrollo de la sociedad. Es así como surgen los códigos deontológicos y códigos de ética en las diferentes profesiones entre estas las biomédicas. El conocimiento de estos códigos y su aplicación es una necesidad imperante en toda sociedad humanista como la nuestra, la boliviana.

     

    CONCEPTOS PREVIOS

    El significado de la palabra deontología puede ser comprendido desde su etimología, proviene del griego, (deon); lo que es necesario, precisoo debido,y(logos); tratado o estudio. Por lo que se considera una ciencia parte de la ética, que estudia las normas morales y reglas de conducta o la teoría del deber o del buen hacer profesional "lex artis"1 y cuya aplicación implica la conciencia del individuo de lo que se puede y de lo que se debe.

     

    CODIGO DEONTOLOGICO

    Un código deontológico, es el conjunto de normas enfocadas en la buena práctica de los diferentes campos profesionales y es deber de cada profesional cumplir con estas normas de conducta estipulados en la ciencia deontológica.

    Históricamente se han conocido diferentes códigos que surgieron con la necesidad de salvaguardar la profesión, entre estos tenemos el código de Hamurabi del 1700 A.C. o el mismo juramento Hipocrático que fue, y en algunos casos, sigue siendo la directriz del comportamiento médico, los intentos más contemporáneos de la conformación deontológica biomédica surgieron en libros como los siete pecados capitales del médico y las reuniones anuales de la OMS.2

    En base a las revisiones de diferentes códigos estudiados se ha extractado el contenido más común en este tipo de documentos en profesiones biomédicas. El contenido ético se centra en el cómo debe "ser" el profesional idóneamente, y el deontológico en el cómo debe "actuar” al ejercer su profesión idóneamente3, y se menciona la palabra "idóneamente" pues el momento mismo de la práctica clínica no existe nadie más que el profesional y su propia conciencia para dirigir sus acciones y decisiones ya que aplicar solamente el conocimiento científico adquirido podría llevar a tomar decisiones que no necesariamente respeten las diferentes cualidades humanas representadas en el paciente.

     

    PARTE GENERAL

    Es aquella parte del código en la cual se dan a conocer los principios éticos bajo los cuales se constituyó el escrito. Está fundado en principios filosóficos como el humanismo, la libertad4,5, la fraternidad y sus connotaciones axiológicas2,6 dentro de cada profesión. La misma ética determina la universalidad7 de las ideas inscritas en este conjunto de principios que llevan a tratar de absorber el conjunto de situaciones a los que puede verse enfrentado un profesional de las ramas biomédicas. Por ejemplo los valores deberes y derechos contenidos según la rama biomédica o la especialidad en dicha rama que conlleva un conjunto de conocimientos y de limitaciones al momento de efectuar una acción con carga ético moral. Complementariamente este segmento del código contiene las definiciones de las posibles infracciones y su respectiva sanción según el tipo de falta en el que el profesional pudiera incurrir. Define los requisitos para ejercer la profesión de manera legal y advierte de la necesidad de denunciar la práctica ilegal para defender este conjunto de ideas que harán de la profesión lo que la sociedad y el individuo necesitan que sea.

     

    EL CODIGO Y EL COLEGIO O ASOCIACION

    Este sector del código establece la necesidad de contar con un cuerpo de representantes del respectivo colegio que se encarguen de velar por los intereses de la profesión y sus fines y objetivos con su respectiva sociedad. Su tarea se basara en la conformación de tribunales para la interpretación objetiva del código y de su correcta aplicación en los casos de denuncia contra los profesionales. Menciona en sus tareas la difusión o socialización del contenido del código con la comunidad de profesionales y con la misma sociedad y finalmente la necesidad de revisar y actualizar el código8 de acuerdo a la realidad que rodea el constante avance de la ciencia, de la sociedad en su conjunto y del mismo cuerpo de profesionales que conforman el colegio.1,3,8,10

     

    LAS RELACIONES PROFESIONALES

    En este acápite del código deontológico, se establecen las posibles formas de actuar del profesional ante los diversos actores directos e indirectos con el campo de acción de su profesión. Por ejemplo, en el campo de las ciencias biomédicas las relaciones entre los colegas, entre un profesional y otro de diferente especialidad o de una rama afín, o su relación con un profesional administrativo o auxiliar.

    La necesidad de actuar de acuerdo al respeto hacia la persona humana y de considerar las propias realidades sociales y culturales de nuestra sociedad es quizá uno de los vacios más grandes dentro de este capítulo en nuestros propios códigos y sus consecuencias funestas contra el engrandecimiento de cualquier rama biomédica al no considerar nuestra propia realidad. En este sector, también se añade la necesidad de contar con la participación de los profesionales pertenecientes a la profesión en los respectivos colegios, además de contemplar sus derechos y obligaciones desde su incorporación en la institución, y respecto a este último punto ese debe resaltar la necesidad de incorporar6 como un tema transversal en la educación universitaria este hecho puesto el desconocimiento de la función principal de un colegio de profesionales debería ser rescatado en los distintos momentos de la instrucción académica en busca de formar profesionales más cercanos de lo que la diminuta realidad del contenido curricular de una carrera muestra.

     

    EL SECRETO PROFESIONAL

    En este capítulo, por cierto aislado en todos los códigos revisados, se halla uno de los principios éticos más importantes dentro de las implicaciones del profesional con su paciente y con su sociedad. Encierra el derecho a la privacidad del individuo, pero al mismo tiempo las limitaciones de esta privacidad cuando implican a un tercero o todo el conjunto social en conformidad con la declaración de derechos humanos y los procedimientos jurídicos de cada país. El secreto profesional implica el conjunto de datos adquiridos por el profesional a partir de un ser humano en el caso de las ciencias biomédicas y el uso enmarcado de estos datos para realizar acciones como tratamientos sobre estas mismas. Al mismo tiempo implica la utilidad jurídica que pueden tener estos datos en la búsqueda de justicia para con otros individuos y con la misma sociedad.3,8-10

     

    EL PROFESIONAL COMO FUNCIONARIO PÚBLICO

    Este segmento del código contiene los derechos y obligaciones del profesional cuando trabaja como empleado de las instituciones de carácter público. Involucra actos en el ejercicio de las diferentes posiciones que el profesional puede ejercer dentro del ámbito público es decir con la categoría jerárquica que puede llegar a ocupar y sus respectivos ejercicios de poder que, por lo tanto, puede implicar el manejo de personal a su orden, y a posibles actos de nepotismo.3

     

    EL EJERCICIO COMO PROFESOR

    En esta parte del código, se incorporan situaciones en las que el profesional ejerce cargos como profesor o docente, tales como su responsabilidad social, su integridad como elemento, parte de una institución como el constituyente fundamental de la profesión en su conjunto, su deber como evaluador y formador de recursos humanos, la necesidad de seguimiento de las actividades académicas y la lealtad hacia la institución en la cual ejerce el cargo. El acápite tiene un sinfín de connotaciones éticas al momento de ejercer como profesor, por ejemplo, actualmente la necesidad de contar con formación pos gradual en pedagogía, y dependiendo de la asignatura con experiencia o formación de especialidad como mínimo todo en el afán de fomentar la competencia, contar con personal más capacitado y principalmente con el de crear un entorno de respeto por el trabajo y esfuerzo individual. Sin embargo, existen condicionantes de la realidad social que se imponen como realidad objetiva y que solo podrían ser superadas con el alcance de mayor igualdad socio económica pues los sistemas sociales difieren mucho de acuerdo a esta condicionante que por ejemplo, en nuestra sociedad, aún necesita de muchas mejoras.3,8,9,10

     

    LA INVESTIGACION Y PUBLICACIONES CIENTIFICAS

    Este acápite dependiente casi en su totalidad de los profesionales que se dedican a la investigación incorpora la bioética en su accionar y deberes. El conjunto de axiomas de los paradigmas científicos que las ciencias biomédicas, pueden utilizar en su afán de contribuir al conocimiento deben tener integrada los avances bioéticos que se generan en el día a día. Avances como, el consentimiento informado o el respeto por la propiedad intelectual o el respeto por los consejos de bioética institucionales y nacionales son solo algunos de principales avances en torno a del profesional biomédico científico que están representados en esta sección  de un código contemporáneo.3,8,9,10

     

    LA EXPEDICION DE DOCUMENTOS BIOMÉDICOS

    Las certificaciones, historias clínicas y odontogramas3,8,10, son solo algunos de los documentos que el profesional en salud conoce y tiene la obligación de elaborar cuando se requiere y según legislatura nacional. El código deontológico dirige y advierte sobre la elaboración adecuada de estos documentos, ya que su mal uso puede atentar con el mismo profesional, otro profesional y o la persona o paciente fuente del documento. Los datos y la veracidad de los mismos representan también la formación y los alcances de la profesión dentro de su sociedad.

     

    LOS HONORARIOS PROFESIONALES

    En sociedades como la nuestra, los honorarios están en función a varios factores como: el grado de independencia profesional, los niveles de especialización y educación continua, la región o ámbito geográfico con su respectiva socio economía, y la propia clase social del profesional. Todo ello, determina el momento de establecer los honorarios individuales, pero no todos los profesionales son conscientes de ello o no lo quieren ser, es por ello que este sector del código estipula (en el caso del Código del Colegio de Odontólogos de Bolivia) un arancel de referencia que debiera ser analizado y actualizado en base a datos objetivos y estadística en lugar de imaginario e induccionismo. Por otro lado, el decoro y contrato que guardan personalmente tanto el tratante como el tratado deben estar sometidos a una reglamentación necesaria para el cumplimiento de los objetivos, es este caso, de un tratamiento, de esta forma se guarda, para la profesión, un logro importante que permite cumplir con normas legales algo muy relacionado a los protocolos mínimos para la atención en salud.1,3,8

     

    LA PROMOCION Y PUBLICIDAD DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL

    Las profesiones biomédicas guardan cierto recelo según el ámbito geográfico y los sistemas sociales, a los conceptos y realidades que representa el libre mercado, con cierta justicia y razón pues no se puede considerar del todo al ejercicio profesional en salud como un negocio, mientras se pretenda mantener el concepto ético que se le da a la palabra "profesión" como valor, es decir "ayudar". Es por esto que este segmento del código dirige el actuar del profesional cuando quiere dar a conocer sus servicios como médico, odontólogo, laboratorista clínico, especialista, farmacéutico, etc., ante la sociedad a la cual pertenece. Sus derechos como profesional independiente le permitirían realizar publicidad para sí de muchas formas, pero todo lo expresado previamente hace del profesional en salud una persona que debe recatar la manera en que se dará a conocer en función del respeto que debe guardar a su profesión. Por lo que la publicidad debe ser en pocas palabas "objetiva" y no contener información falsa respecto al profesional, en relación con el decoro para la profesión tampoco debe contener precios, gratuidad, ofertas, premios o rifas entre otras.1,3.8

     

    CODIGO DE ETICA ODONTOLOGICA EN BOLIVIA

    El primer código de ética para los profesionales odontólogos en Bolivia data del año 1974, y actualmente está incorporado en los estatutos orgánicos del colegio de odontólogos de Bolivia, fue incorporado dentro del mismo el año 2007. Dicho estatuto incluye un conjunto de normas que incluyen una serie de principios que dirigen el quehacer del profesional odontólogo y si bien no están contemplados como parte de un código deontológico establecen, quizá, una primera fase, importante en del desarrollo de la profesión en la sociedad, en evolución hacia un verdadero código conjunto ético y deontológico. Sin embargo, en un sentido crítico en busca de la necesaria evolución del contenido y de la difusión en las instituciones académicas de nuestro país es necesario mencionar que este necesita ser revisado y actualizado en periodos regulares de tiempo ya que el simple hecho de tener como última y única fecha de revisión y modificación el año 2006, implica muchas y diferentes conjeturas que no vienen al tema, por otro lado la incorporación de lo que se tiene en materia de ética y deontología en el ámbito académico, es una determinante necesaria e incluso reivindicativa de esta profesión que no requiere en sus filas solamente de empresarios, o de científicos, sino además de seres humanos que articulen su conocimiento, sus emprendimientos y sus valores en su profesión.9

     

    CODIGO DEONTOLOGICO MEDICO EN BOLIVIA

    El Código de Ética y Deontológica Médica del Colegio de Médicos de Bolivia representa un buen referente en algunos aspectos éticos y deontológicos que guardan relación con los de la profesión  odontológica.           

    Solo comparativamente, en la mayor parte de su contenido se asemeja a los analizados de otros países. Sin embargo, y en función solamente de un criterio crítico, los principios Hipocráticos10 que la acompañan explícitamente en su presentación representan un retraso y una contradicción a la ética fundamental y a todo principio basado en la evidencia científica que hoy en día representan las distintas profesiones biomédicas por el sentido universal y filosófico que acompañan un buen código de ética y deontología contemporáneo, y que por tanto, requiere de una nueva revisión y actualización que esté acorde al avance de la sociedad7 y no de la tradición cultural.

     

    BIBLIOGRAFIA

    1.   Colegio de Higienistas Dentales de la comunidad de Madrid, Código deontológico del Colegio de Higienistas Dentales de la comunidad de Madrid, 2002. URL disponible en: http://www.colegiohigienistasmadrid.org/new/doc/CODIGODEONTOLOGICO.pdf. , Acceso 19/04/13.        [ Links ]

    2.   Zeron J Agustín, Código de Ética, na revisión de nuestros principios, Asociación dental mexicana, Federación Nacional de colegios de cirujanos dentistas. URL disponible en: http://www.adm.org.mx/ckfinder/userfiles/files/codigo-etica.pdf Acceso en fecha 19/04/13        [ Links ]

    3.   Colegio Odontológico del Perú, Código de ética y deontología, 1ra ed., 2010. URL disponible en:
    http://www.cop.org.pe/pdf/codigo_de_etica_y deontologia.pdf Acceso en fecha 19/04/13

    4.   Bunge M, Diccionario de Filosofía, 5ta edición. Editorial Siglo XXI, Argentina. 2007: 123-124        [ Links ]

    5.   Rosental M, Ludin P, Diccionario Filosófico, 5ta edición original, 1ra edición al español Editorial. Santiago. Perú. 2007: 278-279        [ Links ]

    6.   Cardozo C, Rodríguez E, Lolas F, Quezada A, Ética y odontología, una introducción, CIEB Universidad de Chile, 1ra edición, 2006:19-3110        [ Links ]

    7. Vidal M, Información sobre códigos deontológicos y directrices sobre ética en internet. Publicado en la Revista Bioética y Ciencias de la Salud, Vol5 N°4, sin número de pags. Correlativo. URL disponible en:http://www.bioeticacs.org/iceb/seleccion_temas/deontologia/CODIGOS_DEONTOLOGICOS.pdf. Acceso en fecha 19/0413        [ Links ]

    8. Consejo general de odontólogos y estomatólogos de España, Código Español de Ética y Deontología Dental, 2012, disponible en:
    http://www.consejodentistas.es/pdf/CODIGO.pdf. Acceso en fecha 19/0413

    9. Estatuto orgánico y reglamentos;Colegio de Odontólogos de Bolivia;2007: 19-22        [ Links ]

    10. Colegio Médico de Bolivia; Código de ética y deontología médica. URL disponible   en:
    http://www.sns.gob.bo/documentacion/normativas/CODIGODEETICAYDEONTOLOGIAMEDICA.pdf. Acceso en fecha 24/04/13